ARQUITECTURA - Auditoria Energética
Queremos poner a su disposición toda la información de utilidad relativa a nuestro trabajo, a través de Internet, para que usted pueda constatar nuestro campo de trabajo y confirmar que le podemos ayudar a realizar sus proyectos, sean de la naturaleza que sea.
Trabajamos en el desarrollo de nuestros PROYECTOS, con herramientas en 3D.
Valor Añadido
Los más de 15 años de trayectoria profesional permiten la combinación de la experiencia y el conocimiento profundo de la Profesión. Sin perder el ímpetu necesario para estar al día, debido a los continuos cambios en el desarrollo actual de esta disciplina.
A diferencia de otras empresas del sector, MV ARQUITECTURA, entiende que la complejidad actual de los proyectos requieren el dominio de los diferentes campos intervinientes en el proyecto edificatorio. Nuestro Estudio de Arquitectura, acumula gran experiencia y dominio en estos campos.
La atención individualizada y dedicación al 100% de cada uno de nuestros clientes y proyectos permite a nuestro estudio, establecer las circunstancias particulares de cada proyecto, obtener unos resultados acordes con los planteamientos de cada cliente, ofreciendo soluciones actuales, rentables y adecuadas cada situación.
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Podrás ver el diseño de tu casa, desde los primeros bocetos gracias a nuestro programa de visualización en 3D y con los parámetros de eficiencia energética Aquí, tienes algunos ejemplos.
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CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS
La Certificación de eficiencia energética de los edificios es una exigencia derivada de la Directiva 2002/91/CE, esta directiva se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico español a través del RD 47/2007 .
En este certificado, mediante la etiqueta de eficiencia energética, se asigna a cada edificio una Calificación energética, que variará desde la clase A (para los más eficientes), hasta la clase G, (para los menos eficientes).
A partir del 1 de junio de 2013, cuando se construyan, reformen, rehabiliten, vendan o alquilen edificios o unidades de estos, la normativa obliga a todos los propietarios a obtener el certificado de eficiencia energética:
Según Directiva 2002/91/CE:
1. Los edificios de nueva construcción (todos los proyectos visados desde la entrada en vigor del R.D. 47/2007).
2. Los edificios ya construidos; cuando tengan una superficie útil superior a 1000 m² o se renueve el 25% del total de los cerramientos.
¿Debe registrarse el CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
Si, debe ser registrado por el propietario del edificio ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, que podrá llevar un registro de estas certificaciones en su ámbito territorial: “Se prevé que las administraciones públicas tengan en cuenta la eficiencia energética para regular una mayor o menor carga impositiva en función de la calificación energética del inmueble.”
¿Qué pasa si estando obligado no se realiza dicho Certificado?
•Si estando obligado a la certificación energética por motivo de la compraventa u alquiler de una vivienda, local comercial u oficina, esta no se realizara, el vendedor o arrendador puede sufrir los siguientes problemas:
•Ser sancionado por el órgano competente de su comunidad autónoma.
•Que el contrato de compraventa o arrendamiento sea declarado nulo por no haber informado correctamente al comprador o arrendatario.
• Que el vendedor/arrendador tenga que indemnizar al comprador o inquilino por los perjuicios ocasionados por la falta de información facilitada.
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